Los representantes en el sector vitivinícola en el Consejo Regulador modificaron recientemente, los requisitos mínimos a cumplir por los etiquetados de los vinos de la Denominación de Origen Calificada Rioja.
El presidente del Consejo Regulador Fernando Salamero afirmo, que “desde ahora, y de una manera ordenada, las bodegas podrán dotar a sus etiquetas información adicional mediante estas nuevas referencias expresas, que se podrán utilizar únicamente, cuando por trazabilidad se demuestre, que el vino ha sido elaborado de dicha forma o empleando dichas técnicas, asegurando así la transparencia y veracidad que caracterizan a Rioja”.
Entre las nuevas acepciones, que se pondrán en las etiquetas, ahora mencionaremos tres de ellas, que en sucesivos artículos iremos ampliando:

– “Vinos madurados en bodega”. Esta nueva expresión no podrá utilizarse en combinación con dibujos, expresiones o menciones relativas a la barrica, roble o madera y tampoco cabrá el uso de afirmaciones relativas al “envejecimiento o aged”.
– “Ediciones o colecciones seleccionadas y limitadas”. Esta figura deberá comunicar en qué consiste la colección, selección o edición, así como el volúmen total del lote. La inclusión será potestataria.
– “Viñas viejas, centenarias o prefiloxéricas”. Estas menciones podrán utilizarse siempre y cuando se acredite una edad mínima de 35/100 años en viejas y centenarias respectivamente, y ser anteriores al año 1900 en el caso de las prefiloxéricas; en todas ellas, el vino deberá ser elaborado con, al menos el 90% de la uva procedente de dichos viñedos.
(Continuará)

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